GABRIEL TEJADA - APUNTE LABORAL: Calor, trabajadora embarazada y lactancia.
Cuando
la temperatura corporal de la mujer embarazada se eleva en 1,5º C, sobre su
temperatura normal, sobre su temperatura regular, ello supone un riesgo
importante para el desarrollo del feto.
La
mujer embarazada presenta una tolerancia
menor al calor que el resto de trabajadores y trabajadoras, y son más propensas
a los desmayos o al estrés debido al calor.
En
nuestras leyes, no hay una norma establecida de unos grados concretos para proteger
estas situaciones, salvo la genérica evaluación de riesgos que deben hacer las
empresas, y que con frecuencia no hacen.
Pero
veamos un ejemplo más claro de prevención para estos casos por parte de una administración
del Estado; Suiza establece una limitación para el trabajo, debido a que se considera peligroso o extenuante para
embarazadas, cuando la temperatura es mayor de 28ºC, teniendo en cuenta
también si el trabajo que se realiza regularmente en un alto nivel de humedad.
Debido
a que el metabolismo basal de la trabajadora embarazada aumenta y probablemente
a desajustes cardiovasculares, las mujeres embarazadas presentan una tolerancia
menor al calor y es más fácil la aparición de desmayos, lo que debe ser tenido
en cuenta en la evaluación de los riesgos de accidente, por ejemplo, las caídas
Los
problemas vasculares pueden reducir el aporte de oxígeno al feto pudiendo
causarle daños congénitos. Se recomienda por ello que las trabajadoras
embarazadas no se expongan a ambientes muy calurosos. Esta recomendación es
especialmente destacable cuando la trabajadora tiene un embarazo de riesgo.
Los
ambientes de trabajo calurosos se determinan, no solo por su temperatura
(temperatura del aire), sino también por la humedad, radiación térmica,
velocidad del aire, ropa de trabajo y, sobre todo, actividad desarrollada
durante el trabajo.
También
interviene de forma muy importante el tiempo de exposición. La combinación de
esas variables condiciona la sensación y los efectos del calor y las medidas de
prevención que se pueden aplicar consisten en modificar de alguna forma una o
varias de esas variables.
Sería
recomendable que en los trabajos en ambientes calurosos, como especialmente fatigantes para la
embarazada, debería evitarse o reducirse la permanencia en ellos, dependiendo
de la exigencia física que requieren.
LACTANCIA. Los
periodos de lactancia, también se ven perjudicados a causa de la deshidratación
provocada por el calor.
Normativa aplicable:
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